Blanqueo laboral: cuáles son los requisitos y los beneficios para las empresas
Este viernes, mediante el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado, más conocido como blanqueo laboral.
A través del decreto 847/2024 el Ejecutivo señaló que “el profundo cambio generará más oportunidades para el empleo registrado en el sector privado a través de la flexibilización de una serie de condiciones”.
El artículo más conflictivo del capítulo laboral de la ley de Milei, que refiere a la implementación de la norma que define a los bloqueos y tomas de establecimientos productivos como causal de despido justificado, quedó fuera de la reglamentación ante la falta de acuerdo entre los planteos formulados por la CGT para suavizar su aplicación y la presión empresaria por ir a fondo con la medida.
El Régimen de Promoción del Empleo Registrado otorga importantes beneficios a los empleadores del sector privado que decidan adherir. Quienes regularicen a sus empleados antes del 24 de diciembre de 2024 podrán acceder a una condonación parcial de la deuda acumulada por la falta de aportes y contribuciones a los sistemas de seguridad social. Este régimen busca facilitar la regularización de relaciones laborales actuales, así como corregir irregularidades en la fecha de inicio o en la remuneración de los empleados, garantizando que sean registrados correctamente.
Los beneficios se extienden también a empleadores cuyas irregularidades hayan sido constatadas mediante actas de inspección aún no canceladas o que se encuentren en disputa en procesos administrativos, contencioso-administrativos o judiciales.
Los empleadores interesados en regularizar la situación de sus empleados deberán realizar los trámites correspondientes a través del sistema Simplificación Registral de la AFIP, accediendo con su clave fiscal. Desde allí, podrán dar de alta a trabajadores no registrados o modificar datos incorrectos previamente informados sobre las relaciones laborales ya existentes.
Además, deberán presentar las declaraciones juradas correspondientes al período devengado en julio de 2024 o anteriores, utilizando los sistemas Declaración en Línea o el Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS). Para facilitar el proceso, la AFIP pondrá a disposición el release 1 de la versión 47 del programa SICOSS, que automatizará el cálculo del porcentaje de condonación de la deuda según la clasificación del empleador.