El Gobierno reglamentó el reemplazo de la cédula azul
El Ministerio de Justicia volvió a habilitar el trámite para sacar la llamada Cédula azul, que permite al dueño de un auto o moto habilitar a otros conductores para manejar el vehículo. Se trata de un trámite que estuvo casi seis meses demorado por la falta de la reglamentación.
Fue a través de la Disposición 343/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que establece un nuevo procedimiento para habilitar a terceros a conducir vehículos mediante la aplicación Mi Argentina: a partir de ahora, el carnet pasa de ser físico a digital.
La medida implementa lo dispuesto en la Disposición 29/2024, que introdujo cambios significativos al Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. La más destacada fue la eliminación de la “Cédula de Identificación para autorizado a conducir” en formato físico y su reemplazo por una versión digital con vigencia indefinida.
A partir de ahora, los titulares registrales podrán habilitar a un tercero para visualizar la Cédula de Identificación Digital a través de su perfil en Mi Argentina, permitiendo el uso del vehículo dentro del país e incluso su egreso temporario al exterior.
Este cambio tiene una novedad, y es que permite al propietario del vehículo decidir en qué momento revocar el permiso al conductor adicional, una innovación que facilita las autorizaciones temporales. La normativa está vigente a partir de hoy.
La cédula azul se había dejado de emitir en mayo pasado, aunque las versiones físicas seguirán vigentes. Según indicaron en el Boletín Oficial, el cambio apunta a darle una herramienta más ágil y simple para el ciudadano de realizar dicho trámite.
Cómo sacar la nueva cédula azul
Para habilitar a un tercero, el titular deberá:
- Acceder a Mi Argentina en la sección “Mis vehículos”.
- Seleccionar el dominio del vehículo registrado a su nombre.
- Elegir la opción “Habilitar a conducir” desde la cédula vigente.
- Completar los datos del tercero (nombre, apellido y CUIT, CUIL o CDI).
El mismo paso a paso deberá realizarse para revocar la autorización a un tercero.